30 de septiembre: Fecha límite para el segundo pago parcial del Impuesto sobre la Renta

Contribuyentes deben realizar su segundo pago parcial antes del 30 de septiembre para evitar sanciones.

El próximo 30 de septiembre se cumple el plazo para que los contribuyentes en Costa Rica realicen el segundo pago parcial del Impuesto sobre la Renta. Esta obligación, que afecta tanto a personas físicas como jurídicas que desarrollan actividades lucrativas, es esencial para evitar futuras sanciones y mantener al día los compromisos fiscales.

Carlos Camacho, socio director de Grupo Camacho Internacional, enfatiza la importancia de cumplir con esta responsabilidad: «Realizar el pago parcial no es opcional, es una obligación clave para todos los contribuyentes. Este adelanto del impuesto asegura que la Administración Tributaria cuente con los recursos necesarios para mantener el flujo de caja del gobierno durante todo el año».

¿Qué es el pago parcial?

El pago parcial es un adelanto del Impuesto sobre las Utilidades, según el artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta 7.092. Este sistema permite dividir el total del impuesto en tres pagos realizados en junio, septiembre y diciembre, reduciendo así la carga del pago final en marzo de 2025.

¿Cómo calcular el pago parcial?

Para calcular el monto a pagar, se deben seguir tres pasos sencillos:

  1. Base de cálculo: Se toma como referencia el impuesto sobre las utilidades del año anterior o el promedio de los últimos tres años, el que sea mayor.
  2. Fraccionamiento: El 75% de este monto se divide en tres pagos iguales.
  3. Fechas de pago: Los pagos deben realizarse en junio, septiembre y diciembre, a más tardar el último día hábil del mes.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento del pago parcial puede traer severas penalizaciones. El artículo 57 del Código Tributario establece que los pagos atrasados generan intereses basados en las tasas del mercado sobre el monto adeudado. Además, la morosidad puede impactar negativamente en la reputación de la empresa, afectando su capacidad para participar en contrataciones públicas y retrasando pagos de entidades gubernamentales.


Fechas y detalles del segundo pago parcial:

  • Fecha límite: Lunes 30 de septiembre de 2024
  • Medios de pago: A través de conectividad bancaria o mediante el sistema Débito en Tiempo Real (DTR) en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV).
  • Monto: Cada pago parcial representa el 25% del total del impuesto correspondiente al período fiscal.

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